Resumen: Se discute sobre el acceso a la prestación de desempleo por quien está de alta en el RETA ejerciendo una actividad por cuenta propia y, habiendo prestado servicios por cuenta ajena durante un tiempo coincidente con la actividad por cuenta propia, ve extinguido el contrato de trabajo o reducida su jornada. El supuesto es el de trabajadora por cuenta ajena y por cuenta propia coincidente en el tiempo; el 14 de marzo de 2020 se le reconoció prestación extraordinaria por cese de actividad y por ERTE de fuerza mayor Covid se suspendió la prestación de servicios hasta el 15 de junio de 2020, reincorporándose al trabajo a partir del 16 de junio de 2020 por el 50% de su jornada (15 horas a la semana) y continuando en ERTE parcial por el resto del 50% de su jornada. El régimen jurídico aplicable depende de cual sea el supuesto de hecho y en este caso el trabajador no estaba contratado en la actividad agraria y su contratación data de febrero de 2018, por lo que no le es aplicable la norma excepcional del RDL 13/2020 sino el común, y en él no existe compatibilidad de la prestación de desempleo con el trabajo por cuenta ajena.